jueves, 18 de diciembre de 2008

“La ausencia de seguridad ciudadana en San Salvador”

La calidad de vida de los ciudadanos de San Salvador de Jujuy se encuentra muy deteriorada en la actualidad, las condiciones de higiene, salubridad y seguridad del espacio publico son literalmente deplorables, de lo que se desprende como tarea urgente la reversión de tal estado de cosas, tarea que debe ser emprendida, fundamentalmente por parte de las autoridades pero también por parte de la ciudadanía en su conjunto, ya que el fin ultimo de todo Estado, municipal en este caso, es la consecución del bienestar general, englobando dentro de tal concepto los principios de orden, progreso y mejora de las condiciones de vida de la población.
Roberto Dromi, en su libro “Ciudad y Municipio, Gerenciamiento y Gobernabilidad local” expresa que ”la seguridad existe cuando la vida comunal se mueve con reglas de juego claras y previas, con marcos regulatorios predecibles, con certezas situacionales, con deslindes entre lo permitido y lo prohibido”. Al analizar la vida comunal de la ciudad de San Salvador nos encontramos con que ese deslinde entre lo permitido y lo prohibido al que hace alusión Dromi, suena más como un anhelo que como una realidad, ya que vemos que vendedores ambulantes conviven a diario con los comercios formalmente establecidos, ocupando los primeros las veredas de estos últimos, conformándose de este modo en el imaginario social, un concepto, sino peligroso, al menos inadecuado, de naturalización de esta forma de organización del espacio publico.
Analicemos a continuación, que es lo que sucede en el plano normativo. Al respecto, tomo como objeto de análisis dos normas legales: la Carta Orgánica Municipal y la ordenanza municipal Nº 158/75, referida a la regulación del espacio público.
En relación a la ordenanza Nº 158/75, la misma establece en los diferentes incisos del articulo 9º, que: “no se otorgaran permisos de ocupación de la vía publica en los siguientes casos: lugares que dificulten el acceso o visibilidad a elementos de servicio publico, tales como: señales de transito, vereda para peatones, etc.; en lugares que obstruyan el acceso a las propiedades, tanto para los vehículos como para los peatones; próximos al cordón del pavimento, en aceras de tres metros de ancho; frente a accesos o vidrieras de exhibición de productos comerciales, o cuando los escaparates obstruyan mas de un tercio del frente de cada uno de dichos accesos o vidrieras”.
Sin embargo, si nos remitimos a las situaciones descriptas anteriormente vemos que el cumplimiento del rol que debe cumplir el gobierno municipal, de acuerdo al autor, esta muy lejos de ser una realidad palpable para los ciudadanos de San Salvador, vemos que no solo no se cumplen las ordenanzas sino que lo que es aún mas grave no se sanciona a los infractores, situación que desencadena la configuración de un estado de ilegalidad que crece día a día en la ciudad, frente a una mirada pasiva del gobierno municipal, que pareciera desconocer el principio de la democracia representativa, ya que traslada la responsabilidad del estado de cosas actual a la sociedad civil.
Por todo lo expuesto, llegamos a la conclusión de que, existen normas que no se cumplen, ni se hacen cumplir, una seguridad ciudadana que brilla por su ausencia y la irrupción de un orden jurídico paralelo que se apodera del espacio publico, sustentado en la idea de “vale todo” y que tiene a la fuerza bruta como su principal elemento legitimador.
Resumen de informe presentado en el Seminario "El municipio II, el enfoque actual de su problematica, la seguridad ciudadana."